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Bases y condiciones

 Promoción
«HALLOWEEN EN  FISHERTON PLAZA »

1. RUSITANO S.A. (el «Organizador»), organiza la promoción, sin obligación de compra, denominada “HALLOWEEN EN FISHERTON PLAZA”,(la «Promoción»), que tendrá vigencia en Fisherton Plaza; sito en calle Alberto J. Paz 1065 bis , Fisherton, Rosario , (el « Centro Comercial»), el día Jueves 31 DE OCTUBRE de 2024, de 16:00 a 18:30 hs o hasta agotar el stock de 200 GIFT CARD, de entre ambos, lo que ocurra primero («Plazo de Vigencia») y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las «Bases»).

2. Durante el Plazo de Vigencia, cada cliente ( «Participante/s») que: a) ingrese al Centro Comercial disfrazado en alusión a Halloween y b) suba su foto a sus Historias de Instagrammencionando ( etiquetando) a @fishertonplazaok, obtendrá una GIFT CARD de un valor de $5.000. 

3. Cada Participante que acredite al personal que se encontrará  en el Stand “PUNTO FOTO”(«Stand») ubicado en el sector próximo a la Fuente Central del Centro Comercial, haber realizado los pasos a) y b) descriptos en el ítem 2. anterior,   obtendrá una GIFT CARD.  Sólo se entregará una GIFT CARD por persona. 

4. Las GIFT CARDS obtenidas, de acuerdo al ítem 3, podrán ser utilizadas  desde el día Jueves 31 de octubre de 2024 y hasta el día Viernes 15 de noviembre de 2024, para seraplicadas en las compras realizadas dentro de este lapso en los Locales dentro del Centro Comercial. Vencido dicho término, el cliente no podrá reclamar el uso pendiente de la misma. Participan todos los Locales del Centro Comercial excepto el Local “SUPERMERCADO ARCO IRIS”.

5. La GIFT CARD no es una tarjeta de Crédito ni Tarjeta de Débito, es una Tarjeta de regalo al Portador. No tiene devolución ni podrá ser canjeada por dinero en efectivo. Sólo podrá utilizarse una GIFT CARD por cada compra. La utilización de la Gift Card no será acumulable con otras promociones vigentes.

6. El valor de cada GIFT CARD  es de Pesos Cinco  Mil ($5.000). Si el importe de la compra realizada por el cliente supera el importe de la GIFT CARD se deberá abonar la diferencia con cualquier medio de pago que acepte el Local Adherido. Si el importe de la compra fuera inferior al de la GIFT CARD, no se reintegrará ni devolverá la diferencia. La GIFT CARD será retenida por el Local Adherido donde se hubiere realizado la compra. 

7. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases.

8. La participación en la Promoción es sin obligación de compra e implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que posteriormente adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

9. Cualquier tributo, derecho u obligación aplicable como consecuencia de la participación de cada uno de los  Participantes en la Promoción, estará a cargo del Participante. 

10.  La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de las presentes Bases no importará la nulidad de las cláusulas restantes, las que mantendrán su plena vigencia hasta tanto no sean declaradas nulas por una autoridad facultada por ley a este efecto.

11.  El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudiere sufrir los Participantes, o los terceros, con motivo o en ocasión de la participación en la presente Promoción .

12.   Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. 

13.  Toda relación que en virtud de la promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante,  losTribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

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